- Formulario Nº 0040 de solicitud de Certificación, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el cliente.
- Empresa Unipersonal: Bs. 78,00
- S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 136,50
- S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 175,00
Dos días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso ante el Registro de Comercio.
Este acto de certificación se encuentra regulado en el Código de Comercio, en su Art. 27 y Art. 6 inc. a) y c) del D.L. 16833, así como también en el Art. 9 del Decreto Supremo N° 26215.
Las Resoluciones Administrativas SEMP Nº 205/04 de fecha 20 de octubre de 2004 y SEMP N° 0027/2005 de fecha 23 de febrero de 2005, emitidas por la Ex-Superintendencia de Empresas, aprueban el Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio de Bolivia, mismo que regula el presente trámite.
El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de oficina de Sede o Gerencia de Área para reparto al Analista Jurídico o funcionario responsable de certificaciones, quién debe revisar y verificar la inexistencia de la inscripción de la persona natural o jurídica, o del documento solicitado y digitar la información correspondiente a los fines de la emisión de la certificación.