Bonos
Emisión de Bonos
Son títulos valores referidos a una operación crediticia constituida a cargo de la sociedad o entidad emisora.

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- Requisitos
- Arancel
- Plazos
- Marco legal
- Procedimientos
- Formularios
- Formulario Nº 0070 de solicitud de Registro de Actos de Comercio, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal.
- Testimonio de escritura pública de declaración unilateral de voluntad para la emisión de bonos, que contenga la transcripción del acta de la junta general extraordinaria de accionistas en caso de sociedades anónimas, asamblea de socios en caso de sociedades de responsabilidad limitada y asamblea general extraordinaria para entidades financieras de vivienda, que autorice la emisión de bonos.
- Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente con la Matrícula de Comercio actualizada.
- Formulario Nº 0070 de solicitud de Registro de Actos de Comercio, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el solicitante.
- Testimonio de escritura pública de declaración unilateral de voluntad para la emisión de bonos, que contenga la transcripción del acta del máximo organismo de decisión de la entidad emisora, que autorice la emisión de bonos.
- S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: , Entidad Financiera de Vivienda e Institución Financiera de Desarrollo - IFD: Bs. 1.575,00
Dos días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Esta figura se encuentra regulada en el Art. 444 inc. 6) y Art. 642 del Código de Comercio.
Las Resoluciones Administrativas SEMP Nº 205/04 de fecha 20 de octubre de 2004 y SEMP N° 0027/2005 de fecha 23 de febrero de 2005, emitidas por la Ex-Superintendencia de Empresas, aprueban el Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio de Bolivia, mismo que regula el presente trámite.
La Resolución Ministerial MDPyEP/ DESPACHO/N° 78/2018 de fecha 04 de mayo de 2018, emitida por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, regulan el presente trámite.
Las Resoluciones Administrativas SEMP Nº 205/04 de fecha 20 de octubre de 2004 y SEMP N° 0027/2005 de fecha 23 de febrero de 2005, emitidas por la Ex-Superintendencia de Empresas, aprueban el Manual de Procedimientos de Trámites del Registro de Comercio de Bolivia, mismo que regula el presente trámite.
La Resolución Ministerial MDPyEP/ DESPACHO/N° 78/2018 de fecha 04 de mayo de 2018, emitida por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, regulan el presente trámite.
El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción.
Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la emisión de bonos o en su caso observar el trámite.
PROCEDIMIENTO EMISIÓN DE BONOS DE INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO - IFD
El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción.
Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la emisión de bonos o en su caso observar el trámite.
Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la emisión de bonos o en su caso observar el trámite.
- En el primer caso, el Analista Jurídico procede a digitar las partes pertinentes de la documentación correspondiente al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro.
- En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución del trámite en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
PROCEDIMIENTO EMISIÓN DE BONOS DE INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO - IFD
El cliente debe presentar la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, la misma que previa su constatación efectúa el cobro del arancel correspondiente y emite el código de trámite que identifica el cargo de recepción.
Ingresado el trámite, el mismo se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis legal y verificar el cumplimiento de las formalidades establecidas, puede registrar la emisión de bonos o en su caso observar el trámite.
- En el primer caso, el Analista Jurídico procede a digitar las partes pertinentes de la documentación correspondiente al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro.
- En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución del trámite en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.